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jueves, 25 de noviembre de 2010

Procedimiento de devolución

PROCEDIMIENTO DE DEVOLUCIÓN:
Inicio:
- Autoliquidación
- Comunicación de datos
- Solicitud de devolución
Plazo:
Seis meses máximo contados desde el inicio ( autoliquidación desde el plazo para presentarla, si fue fuera de plazo desde la presentación, si fue solicitud desde la presentación : si pasa el plazo sin resolver: Silencio positivo( se podrá exigir la devolución)+intereses de demora
Examen de la documentación y conciliación con los datos obrantes en su poder
- Es correcta---------------se realiza la devolución.
- Si faltan datos en el documento de iniciación,----------------se requiere en el plazo de diez dias
o No subsana/ Se archiva
o Se subsana y es formalmente correcta -----------Acuerdo de devolución
- Si el error es aritmético, discrepancia con datos obrantes, defecto formal, o indebida calificación--------------se inicia un procedimiento de verificación de datos, de comprobación limitada o de inspección.
Finalización:
- Mediante la devolución.
- Mediante el archivo, si no se atiende solicitud de subsanación.
- Mediante el inicio de un procedimiento de verificación de datos/ comprobación limitada/inspección.

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